Servicio de Atención Médica: 22 820 3303
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¿Cómo usar este Seguro?

Gracias a este importante beneficio de INACAP, desde ahora estarás asegurado todos los días del año hasta 70 UF para gastos médicos y 30 UF por muerte accidental.

En caso de tener algún accidente llama al 22 820 3303 para coordinar tu atención médica en la Red de Atención Preferente.

Recuerda que el Seguro de Accidentes Personales y el Seguro Estatal son excluyentes entre si y se activan desde la primera atención de urgencia.
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Solicitud Certificado para Prácticas
Asistencia Salud Mental
Completa con tus datos
y pide una hora.
En Línea Contigo
* Servicio operado por GEA Chile
Línea para emergencias psicológicas y crisis de salud mental. Puedes llamar las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Fono: 22 820 3429
Haz tu reembolso
No olvides llenar este formulario de Reembolsos.
* Recuerda que también puedes hacer tu reembolso directo en tu APP INACAP
Declaración de Siniestro
(Para muerte accidental)
Se debe dar aviso del siniestro a través de correo electrónico, adjuntando los siguientes documentos:
  • Certificado de Defunción del asegurado.
  • Certificado de Nacimiento.
  • Parte Policial que acredite la muerte accidental.
  • Otros documentos destinados a probar la coexistencia de todas las circunstancias necesarias para establecer la responsabilidad del asegurador.
Enviar a los siguientes correos electrónicos: vidasiniestros@conosurseguros.cl

Procedimiento

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Modalidad Red Preferente


Para solicitar la atención a través de la Red Preferencial, comunícate al número 22 820 3303 y se te derivará a un centro de salud, recuerda que puedes activar esta modalidad durante un plazo máximo de 48 horas tras haber ocurrido el accidente.

Consideraciones del llamado telefónico:

  • Serás atendido por personal médico para la revisión remota de la gravedad de la urgencia y recibir orientación médica.
  • Deberás proporcionar el número de Rut para validar la vigencia de tu seguro.
  • Serás derivado a la clínica más cercana o al centro asistencial más conveniente para tu tratamiento dependiendo de la complejidad del accidente y tu previsión
  • Al llegar al centro de salud, deberás indicar que cuentas con Convenio GEA y presentar tu credencial virtual INACAP y/o tu Rut.
  • Los centros de salud que cuenten con sistema Imed, te solicitarán la huella digital para la emisión automática del bono.
  • El excedente que se genera es garantizada vía convenio del seguro hasta el tope de la cobertura.
  • En caso de no contar con sistema I-med, se les atenderá a través del convenio con Carta de Garantía. El Centro de Salud no requerirá ningún cobro al alumno.
  • En el caso de prestaciones no cubiertas a través del sistema Imed, el Centro de Salud entregará código de atención y su Rut, para que el asegurado se dirija a su Isapre o a Fonasa a emitir el bono correspondiente a la prestación. El alumno se debe comunicar al 228 2033 03 para consultar pasos a seguir para adquirir los bonos.
  • Posteriormente el asegurado debe hacer llegar el bono correspondiente a la atención directamente al Centro de Salud al cual fue derivado.
  • El límite de la cobertura del seguro, siempre operará después de la cobertura de Isapre, o de Fonasa (B, C, D), SOAP de corresponder u otros seguros complementarios de salud. En el caso que el alumno no cuente con sistema de salud o sea Fonasa A, la cobertura aplicará al 50%. Si el sistema de salud bonifica $0, rechaza la cirugía o tratamiento; alumno se niega a hacer uso de su previsión, o bien no cuenta con codificación de Fonasa, la cobertura aplicará al 50%. En caso de operar el sistema previsional del alumno, la cobertura será del 100% de lo no bonificado, hasta el tope de cobertura.
  • La continuidad de tratamiento será por 180 días, a contar desde la fecha de ocurrencia del accidente. Las atenciones posteriores correrán a cargo del alumno.
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Modalidad Libre Elección


  • Podrás atenderte en el centro médico de tu elección.
  • Deberás cancelar el monto total de la prestación después de lo bonificado por la ISAPRE o por Fonasa, y la diferencia -si existiera- se te reembolsará hasta el tope de la cobertura.
  • Se reembolsarán las boletas del prestador médico mediante GEA CHILE completando el Formulario de Reembolsos, describiendo los detalles del accidente y debe ser firmado por el médico tratante.
  • La denuncia del siniestro se debe realizar en un plazo no mayor a 60 días corridos desde el accidente, en caso de no presentarse en este periodo no se liquidará ni autorizará el mismo.
  • La denuncia del siniestro debe ir acompañada de la siguiente documentación:
  • Toda la documentación debe ser enviada a través del portal: https://reembolso.geasa.cl/.
  • El límite de la cobertura siempre operará después de la cobertura de Isapre o Fonasa (B, C, D), SOAP de corresponder u otros seguros complementarios de salud. En el caso que el alumno no cuente con sistema de salud, sea Fonasa A, la cobertura aplicará al 50%. Si el sistema de salud bonifica $0, rechaza la cirugía o tratamiento; alumno se niega a hacer uso de su previsión, o bien no cuenta con codificación de Fonasa, la cobertura aplicará al 50%. En caso de operar el sistema previsional del alumno, la cobertura será del 100% de lo no bonificado, hasta el tope de cobertura.

Lugares de Atención

El lugar de atención dependerá de la modalidad que elijas para el uso de tu seguro. Podrá ser un Centro Asistencial de la Red Preferente o un Centro de la Modalidad Libre Elección que elijas.

En cualquier caso, deberás activar el servicio de atención médica al 22 820 3303, durante las 24 horas del día, para asegurar tu atención.

Preguntas Frecuentes

Sobre el Seguro:

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¿Qué es un accidente cubierto pot la Póliza de Accidentes Personales?


Para los efectos de este seguro se entiende por accidente, todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos, que afecte el organismo del asegurado provocándole lesiones, que se manifiesten por heridas visibles o contusiones internas, incluyéndose asimismo el ahogamiento y la asfixia, torcedura y desgarramientos producidos por esfuerzos repentinos, como también estados septicémicos e infecciones que sean la consecuencia de heridas externas e involuntarias y hayan penetrado por ellas al organismo o bien se hayan desarrollado por efecto de contusiones.

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¿Qué incluye la Póliza de Accidentes Personales contratada para los alumnos de INACAP?


Cómo alumno de INACAP, estás asegurado las 24 horas del día y los 7 días de la semana, frente a los siguientes eventos:

  1. Gastos Médicos a consecuencia de cualquier accidente con un tope de 70 UF anuales, que incluye:
    • Atención de urgencia.
    • Exámenes (laboratorio e imágenes) y medicamentos.
    • Operaciones, kinesiología y todo el tratamiento derivado del accidente.
    • Traslado médico terrestre por urgencia en casos de accidentes graves o de riesgo vital.
  2. Muerte accidental con tope de 30 UF.
  3. Gasto Funerario con tope de 20 UF.
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¿Cuándo y dónde cubre la póliza?


El seguro cubre las 24 horas, los 7 días de la semana por accidentes ocurridos dentro de Chile. No importa si el accidente se produce durante actividades académicas o actividades personales.

Sobre su funcionamiento:

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¿Qué hago en caso de un accidente?


Puedes utilizar cualquiera de estas dos alternativas:

  • Red Preferente: Comunícate al 22 820 3303 y coordinaremos tu atención médica en nuestra Red (con un tope de 70 UF). Sólo deberás indicar a tu ingreso que perteneces al convenio GEA y presentar tu cédula de identidad y credencial virtual INACAP.
  • Modalidad Libre elección: Puedes acudir a cualquier otro centro médico de tu preferencia, donde deberás cancelar los gastos médicos producto de tu atención; si en dicho Centro cuentan con el sistema de salud previsional ISAPRE o Fonasa, deberán hacer uso de él, para reembolsar hasta el 100% de los gastos no cubiertos por el sistema previsional con un tope de 70 UF. El plazo para notificar a GEA Chile es de 30 días. Se debe completar el formulario de solicitud de reembolso de gastos médicos, el cual se encuentra disponible aquí. Esta solicitud de reembolso debe contar con el diagnóstico y firma del médico que atendió al asegurado. Los documentos, que respalden el gasto, que acompañen la solicitud deben ser presentados en original en un plazo no superior a los 60 días contados desde la ocurrencia del accidente. Gea reembolsará los gastos que se encuentren bajo cobertura en un plazo no mayor a 10 días. El límite de la cobertura siempre operará después de la cobertura de Isapre, o Fonasa (B, C, D), SOAP de corresponder u otros seguros complementarios de salud. En el caso que el alumno no cuente con sistema de salud o sea Fonasa A, la cobertura aplicará al 50%. Si el sistema de salud bonifica $0, rechaza la cirugía o tratamiento; alumno se niega a hacer uso de su previsión, o bien no cuenta con codificación de Fonasa, la cobertura aplicará al 50%.
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Si tuve un accidente, ¿Cuánto tiempo tengo para atenderme dentro de la red de prestadores en convenio?


Tienes 48 horas desde el accidente para comunicarte al teléfono 22 820 3303 y serás derivado a un prestador de la Red preferente.

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¿Me pueden hospitalizar en cualquier prestador de la Red Convenida?


Sí, pero debes dejar cómo respaldo un pagaré de garantía.

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¿En caso de un accidente que requiera el traslado en ambulancia, GEA Chile presta el servicio?


Si el accidente es grave o de riesgo vital, GEA Chile enviará una ambulancia para el traslado del estudiante al centro de salud más cercano.

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¿Cómo funciona el sistema de Reembolsos?


Solicita el reembolso de tus gastos médicos, en un plazo no mayor a 60 días corridos, desde el día del accidente. Esta solicitud deberá incluir los siguientes documentos:

  • Descarga aquí y completa el Formulario de Reembolsos de INACAP.
  • Informes médicos originales, y de exámenes (si se realizan) con diagnóstico y firma del médico tratante.
  • En caso de accidentes de tránsito, robo o asalto, adjuntar parte policial.
  • Boletas y bonos incurridos dentro de la urgencia en original.
  • Toda la documentación deberá ser ingresada al portal www.reembolso.geasa.cl.

Al recibir los documentos, se hará revisión para la validación del reembolso, el cual, deberá estar resuelto en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Sobre las coberturas:

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¿El seguro cubre sólo la atención de urgencia?


No, el seguro considera todas las atenciones médicas necesarias hasta 180 días después de ocurrido el accidente. Los controles, tratamientos posteriores y medicamentos recetados también están cubiertos por el seguro.

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¿El seguro cubre accidentes que impliquen hospitalización?


Si, cubre todos los gastos médicos que sean necesarios para la recuperación del asegurado hasta 70 UF por alumno al año, hasta el tope de cobertura o 180 días ocurrido el accidente.

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¿Este seguro cubre a los alumnos en práctica?


Sí. Los alumnos que están en práctica también están cubiertos, siempre que estén en la base de datos reportada para cobertura.

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¿Qué otros accidentes están cubiertos por el Seguro?


  • Accidentes originados por movimientos sísmicos hasta el grado 9,6 Richter inclusive, sólo encontrándose el alumno en la sede y cuando esté en período de clases efectivas.
  • Se incluye el ejercicio de: futbol, basquetbol, vóleibol, tenis de mesa, rugby, escalada, taekwondo, yoga, baby futbol, handball, tenis, judo, surf, natación, running y sandboard.
  • Picadura de insectos.
  • Insolación y Congelamiento.
  • Avalanchas de nieve y rodados.
  • Mal de altura.
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¿El seguro cubre los gastos dentales a consecuencia de accidente?


Sí. En caso de accidente que implique un golpe que pueda afectar las piezas dentarias naturales sanas. Para solicitar la derivación, debes llamar al
22 820 3303.

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¿Cubre los accidentes producidos por práctica de procedimientos médicos de acuerdo al protocolo exigido por el Ministerio de Salud para todos los alumnos de carreras del área médica?


Sí, se cubren todos los gastos médicos producto del accidente intra-hospitalario producto de la praxis médica.

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¿El seguro cubre las salidas grupales a terreno?


Sí, porque cómo alumno INACAP estás cubierto las 24 horas del día y los 7 días de la semana.

Sobre las Exclusiones:

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¿Cuáles son las exclusiones del seguro de accidentes?


  • Que el solicitante no se identifique como alumno INACAP al requerir la atención médica, servicio o beneficio.
  • Que el alumno no se encuentre en la base reportada por la INACAP. En caso de que un alumno no este cargado en base, puede concurrir en forma directa al prestador de salud, en el cual se deberá acreditar presentando certificado de alumno regular de INACAP, con el fin de efectuar el pago del siniestro.
  • Que el solicitante incumpla cualquiera de las obligaciones y condiciones de cobertura indicadas en este contrato.
  • Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
  • Comisión de actos que puedan ser calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo.
  • Suicidio, intento de suicidio, o heridas autoinflingidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
  • Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo. Para todos los efectos de esta póliza las funciones de policía incluyen además las funciones de policía civil y gendarmería.
  • Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.
  • Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
  • La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
  • Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado.
  • Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva, sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros.
  • Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por la compañía aseguradora.
  • Riesgos nucleares o atómicos.
  • Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno sujeto a itinerario, operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros.
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¿Hay algún accidente no cubierto por el seguro por práctica de un deporte?


Todo deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. Por ejemplo: inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros.

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¿Si yo tengo un desmayo y por lo anterior me golpeo la cabeza, me cubre el seguro?


No. La razón de ello es que la causa inicial de lo ocurrido no es un accidente.

Sobre otros beneficios:

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¿Qué otros beneficios tiene el Seguro de Accidentes?


Orientación médica online: Habla por video llamada con médico general en tiempo real (no incluye recetas médicas ni licencias). Puedes pedir tu hora inmediata en la APP E-Doctor.
 
Contención Psicológica online: Apoyo, contención y orientación en salud mental. Pide tu hora con un psicólogo en la plataforma Vdoc. 
 
En línea contigo: Fono de ayuda inmediata ante crisis y emergencias psicológicas. Puedes llamar las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Llama al: 22 820 3429.

Seguro Estatal para Estudiantes

Si eres estudiante regular de un establecimiento reconocido por el Estado y sufres un Accidente Escolar, tienes derecho a beneficios.

Apoyos institucionales INACAP

Te apoyamos en momentos difíciles, en caso de fallecimiento/ enfermedad grave de tu fiador o en caso de cesantía, postula a estos beneficios. Lee a continuación los requisitos de cada uno y cómo solicitarlos.
Para acceder a ellos debes estar cursando el período formal de la carrera (no contempla repeticiones) y no estar fuera de la institución por más de un semestre académico. La solicitud debes realizarla través de la intranet del estudiante, adjuntando los antecedentes que ahí se solicitan.
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Procedimiento Beneficio de Fallecimiento o Enfermedad Grave


Fallecimiento y Enfermedad Grave del Fiador:

Este beneficio cubre desde el mes siguiente de ocurrido el fallecimiento hasta el término del programa de estudio, incluyendo la práctica y titulación.
En caso de Enfermedad Grave del fiador, adjuntar certificado médico que certifique que la enfermedad es grave, su cobertura es por el semestre académico en curso.

Excepción: Mensualmente se debe enviar licencia médica para justificar el estado de fiador; de no presentar licencia médica no aplicará este beneficio.

La solicitud se debe realizar a través de la intranet del estudiante, adjuntando los antecedentes que ahí se solicitan.

 

Para postular a este beneficio el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar al día en sus pagos tanto en matrícula como en sus colegiaturas al momento del evento.
  • Si el fiador tiene más de 71 años al momento del evento, el límite de edad del alumno es de 24 años y 364 días.
  • La fecha del evento debe ser posterior a la fecha de matrícula.

 

Debe adjuntar la siguiente documentación para respaldar esta Solicitud:

Item Nombre del Documento En qué caso se debe presentar
01 Certificado de Defunción con causal de muerte Siempre
02 Cedula de Identidad de Fiador y Alumno Siempre
03 Declaración de Salud / Licencia Médica Beneficio Enfermedad Grave - Siempre
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Procedimiento Beneficio Cesantía


Este beneficio cubre a partir de las colegiaturas siguiente a la fecha en que el Fiador/Estudiante queda cesante, con un máximo de 3 colegiaturas del semestre académico en curso.

Importante: Este beneficio aplicará siempre y cuando hayan sido desvinculados por las siguientes causales; Art N 161 necesidades de la empresa, Art N 159 fuerza mayor y Ley de quiebra N 18.175.

La solicitud se debe realizar a través de la intranet del estudiante, adjuntando los antecedentes que ahí se solicitan.

 

Para postular a este beneficio el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • El fiador debe ser una persona natural.
  • El fiador no puede exceder la edad de 71 años al momento de solicitar el beneficio.
  • El estudiante debe informar a la brevedad ya que la gestión no puede extenderse más de 30 días corridos desde la desvinculación.
  • Si la postulación es presentada fuera del plazo antes mencionado quedará fuera de la posibilidad de ser evaluado.
  • Este beneficio aplicará sólo a las personas con contrato indefinido con al menos 6 meses de antigüedad con el mismo empleador.
  • La fecha de desvinculación debe ser posterior a la fecha de matrícula.
  • Las causales de despido son 3: Art. Nº 159 fuerza mayor, Art. Nº 161 necesidades de la empresa o acogido a Ley de Quiebra Nº 18.175.
  • El estudiante debe estar al día en sus pagos tanto en matricula como en sus colegiaturas al momento del Finiquito.
  • El estudiante debe adjuntar mensualmente certificados de periodos No cotizados de su AFP, para acreditar la condición de cesantía.

 

Debe adjuntar la siguiente documentación para respaldar esta Solicitud:

Item Nombre del Documento En qué caso se debe presentar
01 Finiquito Legalizado ante Notario Siempre
02 Certificado de cotizaciones Siempre - Mensual
03 Cédula de Identidad del fiador y alumno Siempre